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Las divergencias entre los progenitores no imposibilitan el régimen de guarda y custodia compartida

En una de sus sentencias el Tribunal Supremo consideró «razonables» las divergencias entre los padres, lo cual no imposibilita el régimen de guarda y custodia compartida que es deseable porque fomenta la integración del menor con ambos progenitores, sin desequilibrios, evita el "sentimiento de pérdida", no cuestiona la idoneidad de los padres, y estima la cooperación de los mismos en beneficio del menor.