En las uniones de hecho no existe la pensión compensatoria, pero cabe una solución
Jue, 07/11/2019 - 18:35
En algunos efectos nuestra legislación ha equiparado las parejas no casadas al matrimonio. Pero tal cosa no ha sucedido con la pensión compensatoria.
Y no existe una previsión legal que contemple compensación de ningún tipo para el caso de extinción de la pareja de hecho: ni alimenticia en caso de necesidad, ni por desequilibrio, ni por haber trabajado para el hogar o para el otro miembro de la pareja.