custodia compartida

LA CUSTODIA COMPARTIDA Y LA VIVIENDA FAMILIAR COMO “VIVIENDA NIDO”

Ante todo hay que señalar que el sistema de custodia compartida no se trata de una medida excepcional, sino que habrá de considerarse normal, e incluso deseable, porque permite que sea efectivo el derecho que tienen los hijos a relacionarse con ambos progenitores aun en situaciones de crisis, siempre que ello sea posible.

Pero en cuanto a que durante la custodia compartida los progenitores se alternen en el uso la vivienda familiar, para que los hijos menores no salgan de la misma, constituyendo el sistema llamado “Vivienda nido”, no es realmente beneficioso.

La Custodia Monoparental puede transformarse en Custodia Compartida

Puede acordarse judicialmente el cambio de la custodia monoparental a la custodia compartida por cambio de las circunstancias.

Incluso habiendo precedido convenio regulador de los progenitores sobre la guarda y custodia de los hijos. Pero siempre por causas justificadas y serias, motivadas por el tiempo transcurrido desde que el convenio se llevó a cabo.

No se puede petrificar la situación del menor desde el momento del pacto, sin atender a los cambios que desde entonces se hayan producido en su interés.

La atribución del uso de la vivienda familiar en la Custodia Compartida

Cuando no exista acuerdo entre los progenitores sobre la atribución de la vivienda familiar, en un supuesto de Custodia Compartida, el Juez resolverá lo que considere procedente, teniendo en cuenta que los hijos no quedarán en la compañía exclusiva de uno de los progenitores.

Es posible atribuir el uso de la vivienda al progenitor que tenga más dificultades para acceder a una vivienda en la que pueda llevarse a cabo la convivencia durante los períodos en los que le corresponda tener a los hijos en su compañía.

Requisitos de la custodia compartida

La doctrina jurisprudencial considera beneficiosa la custodia compartida si concurren los siguientes parámetros:

a) Se fomenta la integración de los menores con ambos padres, evitando desequilibrios en los tiempos de presencia.

b) Se evita el sentimiento de pérdida.

c) No se cuestiona la idoneidad de los progenitores.

d) Se estimula la cooperación de los padres, en beneficio del menor, que ya se ha venido desarrollando con eficiencia.

 

Cuando en la custodia compartida la vivienda familiar es privativa de un cónyuge, atribuir su uso al otro está sometido al principio de proporcionalidad

En un caso de divorcio, la sentencia de instancia atribuyó a ambos padres la custodia compartida de su hija menor y el uso y disfrute de la vivienda familiar (que era propiedad privativa del hombre), a la esposa, «hasta la liquidación del régimen económico matrimonial».

Para acordar la custodia compartida, debe tenerse en cuenta la distancia entre los domicilios de los progenitores

La distancia entre los domicilios de los progenitores ha de tenerse en cuenta para no atribuir la guarda y custodia compartida, cuando pueda perjudicar al interés del menor por residir aquellos en municipios alejados.

El Tribunal Supremo se ha pronunciado por primera vez sobre este punto en 2016, denegando a un padre la custodia compartida de su hijo menor de edad, debido a la distancia entre su domicilio en Cádiz y el de la madre, con la que el menor convive, en Granada.

Con la custodia compartida no existe ya un domicilio familiar y por ello no se puede atribuir ni a los hijos menores ni a ninguno de los dos progenitores

El Tribunal Supremo afirma en una sentencia que al acordar la custodia compartida, está estableciendo que la hija menor ya no residirá habitualmente en el domicilio de la madre, sino que con periodicidad semanal habitará en el domicilio de cada uno de los progenitores, no existiendo ya una residencia familiar, sino dos.

Revocada la custodia compartida de un menor por falta de respeto y conducta abusiva y dominante del padre con la madre

En una sentencia, el Tribunal Supremo ha revocado la custodia compartida de un menor de 7 años concedida a sus padres, y la otorga en exclusiva a la madre, ante la falta total de respeto y la conducta abusiva y dominante que mantiene el padre con ella.

Se atribuyó a un padre la custodia compartida tras ser absuelto de un delito de maltrato

Habiendo sido absuelto un padre de un delito de maltrato (denunciado por la madre), se produjo un cambio significativo de las circunstancias, lo que justificó la atribución al mismo de la custodia compartida de su hija, que antes le había sido denegada al seguírsele dicho proceso penal.

La custodia compartida no libra siempre del pago de pensiones de alimentos a los hijos

Existe la errónea creencia de que la custodia compartida de los hijos implica que los progenitores no tengan que pagar pensiones alimenticias, pues cada uno se hará cargo de los gastos durante el período que tenga la custodia de los menores.