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IMPAGO DE CUOTAS HIPOTECARIAS TRAS EL DIVORCIO
El pago de la hipoteca es una obligación que los cónyuges contrajeron en el momento de la firma del contrato. Y eso no cambia con el Divorcio pues ambos son deudores solidarios y el banco puede reclamar el pago a cualquier de ellos.
En consecuencia, aunque tras el Divorcio uno de los miembros de la pareja no conviva en el domicilio familiar por haberse atribuido su uso al otro cónyuge y a los hijos, debe seguir abonando la cantidad hipotecaria que le corresponda.
A mayores, las mensualidades de la cuota hipotecaria del domicilio familiar se equiparan a la pensión de alimentos de los hijos y no pagarlas constituye un delito de abandono de familia, al poner en riesgo el techo de los hijos menores comunes.
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