El régimen de visitas cuando los progenitores residen en lugares alejados

No está previsto en la ley cómo debe organizarse el sistema de visitas en los casos en los que los progenitores residen lejos uno del otro, incluso en países de distintos continentes.

El Tribunal Supremo ha establecido que, cuando en estos casos de lejanía no hay acuerdo entre los progenitores, será necesario ponderar las circunstancias concurrentes para adoptar las medidas más beneficiosas para el interés del menor.

Entre esas circunstancias ha de ponderarse la distancia entre los domicilios de los progenitores, la edad del menor, los periodos vacacionales del progenitor que no tiene la custodia y los del menor, así como las posibilidades económicas de cada progenitor a los efectos de asumir los gastos de traslado.

 

Otras publicaciones de Abogados García-Míguez ® A Coruña:

https://plus.google.com/+AbogadosGarcíaMíguezACoruña

http://abogadosgarciamiguez.blogspot.com.es/

http://www.facebook.com/Abogado-Coruña-Abogados-Divorcio-Separación-Abogados-García-Míguez-1837879693130959

https://twitter.com/abogadoscoruna